Sistema interno de información

Cuestiones generales 
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tiene como finalidad la de proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten e informen de infracciones penales o administrativas graves o muy graves del ordenamiento jurídico español y del derecho de la Unión Europea. 
Obliga a la Confederación Hidrográfica del  Ebro a poner a disposición de las personas que tienen vínculos profesionales o laborales con la Confederación Hidrográfica del Ebro, o de aquellas que ya han finalizado su relación profesional, voluntarios, trabajadores en prácticas o aquellos que participan en un proceso de selección, un canal de comunicaciones o denuncias, así como nombrar a un responsable que tramite el procedimiento a que la información suministrada podría dar lugar. 
Las comunicaciones o denuncias de posibles casos de infracciones al derecho de la Unión Europea o de acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave contribuyen a garantizar la integridad y el buen funcionamiento del sector público en general y de la Confederación Hidrográfica del Ebro en particular. 
 
Principios
El sistema interno de información de la Confederación Hidrográfica del Ebro se rige por los principios determinados en el art.5 de la Ley 2/2023 y en especial por lo siguiente:

  • Permitirá a las personas referidas en el art. 3, la comunicación de las infracciones previstas en el art. 2 de la norma.
  • La presentación de las comunicaciones podrá realizarse por escrito o verbalmente, o de ambos modos, bien a través del canal interno de comunicación bien mediante los canales externos de otras entidades que figuran correctamente identificados.
  • El canal interno de la Confederación Hidrográfica del Ebro está identificado en el portal web del organismo de cuenca y garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, y de las actuaciones que se desarrollen en su gestión y tramitación, así como la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado.
  • Se garantiza que las comunicaciones presentadas puedan tratarse de manera efectiva dentro de la correspondiente entidad u organismo con el objetivo de que el primero en conocer la posible irregularidad sea la propia entidad u organismo.
  • Se ha nombrado un responsable del sistema, conforme prevé el art. 8 de la Ley 272023 de 20 de febrero.
  • Cuenta con un procedimiento de gestión de las informaciones recibidas con garantías para la protección de los informantes en el ámbito de la propia entidad u organismo.


¿Cómo puedo presentar una denuncia? 
En la siguiente dirección de correo:
sistemainternodeinformacion@chebro.es

 
Procedimiento
El procedimiento de gestión del sistema interno de información se regirá por lo recogido en el art. 9 de la Ley 2/2023. 
La persona responsable del sistema, y solo esta, se ocupará de la tramitación diligente de la información entrante.
El procedimiento de gestión de informaciones, contemplará, entre otras cosas, los plazos de respuesta al informante, la comunicación con el mismo, el análisis de la denuncia, el respeto a la presunción de inocencia y al honor de las personas afectadas, así como los mecanismos de protección de datos personales.