Gestión de riesgos de inundación
3º ciclo
El Real Decreto 903/2010 , de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, que adapta a la legislación española la Directiva 2007/60/CE, establece en su artículo 7 que los organismos de cuenca redactarán la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (en adelante EPRI) en colaboración con las autoridades de Protección Civil de las comunidades autónomas y de la Administración General del Estado y otros Órganos competentes de las comunidades autónomas.
El día 2 de septiembre de 2024 se publica en el BOE el anuncio de comienzo de la consulta pública de 3 meses de los documentos que integran esta fase de Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) de 3º CICLO para todas las demarcaciones hidrográficas.
Fase I
NUEVOS MAPAS DE PELIGROSIDAD POR INUNDACIÓN EN INFORMACIÓN PÚBLICA
El pasado martes 11 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el anuncio por el que se inicia el periodo de consulta pública de los mapas de peligrosidad en varios tramos fluviales de la demarcación hidrográfica del Ebro. El citado periodo de consulta pública finaliza el 12 de septiembre de 2024.
Los mapas estarán disponibles para su consulta en el en el Sistema de Información Territorial de la Confederación Hidrográfica del Ebro, SITEbro. Las instrucciones para realizar la consulta de los mapas de peligrosidad están disponibles aquí.
Los tramos en los que se propone la revisión de los mapas de peligrosidad, o la inclusión de nuevos mapas, así como el código a indicar en cualquier alegación, consulta o sugerencia, son los incluidos en este enlace.
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Las inundaciones en España constituyen un riesgo natural que a lo largo del tiempo ha producido los mayores daños tanto materiales como en pérdida de vidas humanas. La lucha contra sus efectos requiere la puesta en marcha de soluciones tanto estructurales (obras de defensa) como no estructurales. Entre estas medidas se encuentran los planes de Protección Civil, la implantación de sistemas de alerta temprana, la corrección hidrológico-forestal de las cuencas y, especialmente, medidas de ordenación del territorio.
La Directiva europea 2007/60/CE relativa a la "Evaluación y la gestión de los riesgos de inundación", y el Real Decreto 903/2010, que la traspone al ordenamiento español, tienen como objetivo principal reducir las consecuencias de las inundaciones sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica. Esta Directiva obliga a los Estados miembros a la realización de tres fases en los horizontes temporales predefinidos que se deben revisar y actualizar cada ciclo de seis años:
2º ciclo
El Real Decreto 903/2010 , de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, que adapta a la legislación española la Directiva 2007/60/CE, establece en su artículo 7 que los organismos de cuenca redactarán la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (en adelante EPRI) en colaboración con las autoridades de Protección Civil de las comunidades autónomas y de la Administración General del Estado y otros Órganos competentes de las comunidades autónomas. El mismo Real Decreto indica, en su artículo 21, que la evaluación preliminar del riesgo de inundación se actualizará a más tardar el 22 de diciembre de 2018, y a continuación cada seis años.
Fase I
Fase II
MAPAS DE PELIGROSIDAD Y RIESGO DE INUNDACIÓN (MAPRI) Diciembre 2020 2º CICLO (VIGENTES)
Fase III
PLAN DE GESTIÓN DE RIESGO DE INUNDACIÓN (PGRI) (2022-2027) 2º CICLO
1º ciclo
Fase I
Fase II
MAPAS DE PELIGROSIDAD Y RIESGO DE INUNDACIÓN (MAPRI) 1º CICLO Diciembre 2013
Fase III
PLAN DE GESTIÓN DE RIESGO DE INUNDACIÓN (PGRI) 2016-2021 1º CICLO Diciembre 2015 (VIGENTE)